HOMICIDIO
SIMPLE DOLOSO:
Es aquel acto u omisión
humano que provoca la privación de la vida de una persona, sin que exista en el
sujeto activo una reflexión previa respecto a la conducta que va a realizar, ni
se presenten situaciones de superioridad absoluta del agresor contra el
agredido de manera que aquel no corra riesgo físico alguno; o de sorpresa tal que imposibilite la defensa
o protección del pasivo; o de violación de deberes de lealtad, fe o seguridad
que se considera debiesen existir en razón de determinados vínculos o
circunstancias, ni se cometa intencionalmente con motivo de una violación o
robo; o intencionalmente en casa habitación a la que se penetre de manera
furtiva, con engaño, violencia o sin autorización valida, o con motivo de un
secuestro.
Se denomina homicidio doloso a un subtipo del delito de homicidio que se caracteriza porque el criminal busca
intencionadamente el resultado de muerte de la víctima.
El homicidio, por su parte, abarca tanto los
casos intencionados como aquellos en los que la muerte se causa por negligencia, y que se denominan homicidios negligentes.
Es importante matizar que el criminal no
tiene por qué conseguir el resultado (puede tratarse de un homicidio doloso en
grado de tentativa o frustrado), sino que lo que diferencia al homicidio doloso
del negligente es la intención inicial del que lo lleva a cabo.
También es homicidio doloso aquél en el cual
el criminal lleva a cabo una acción a sabiendas de que con ello puede provocar
la muerte de personas, y asume ese posible resultado a pesar de que la acción
tenga otra finalidad. Ese sería el caso de, por ejemplo, un incendio provocado
o de un atentado con una bomba.
HOMICIDIOS
CALIFICATIVOS ATENUADOS
Homicidio en Riña:
Es un encuentro físico entre
dos o más personas, no verbal, o a señas, simplemente; debe haber un
intercambio de violencia, esto es, que necesariamente los participantes en la
riña se agredan mutuamente, cualesquiera que sean los objetos o instrumentos o
con la exclusiva utilización de sus cuerpos; consideremos también que debe
haber un equilibrio entre los contendientes; de no serlo así, ya no se trataría
de un Homicidio atenuado, sino; de un homicidio agravado con la calificativa de
ventaja.
Este homicidio se daría si
por el motivo de la riña alguno de los contendientes perdiera la vida.
Homicidio en Duelo:
Se pueden señalar como
características del mismo, la premeditación, mutuo consentimiento en las
disposiciones del combate, reglamentación de las condiciones del combate por
padrinos bilaterales designados e igualdad de circunstancias objetivas.
Homicidio-Suicidio:
El que presta auxilio o
induce a otro para que se suicide o si se le presta hasta el punto de ejecutar
él mismo la muerte.
HOMICIDIO
CULPOSO
Consiste en causar la muerte, un ser humano a otro, obrando
con culpa, o sea, sin intención o dolo, pero con negligencia. Por ejemplo, a
alguien limpiando un arma se le escapa un tiro, y mata a otra persona, que
estaba junto a él. Un automovilista circula rápido y no puede frenar cuando se
le cruza un peatón, y le da muerte. El anestesista, que causa la muerte de un
paciente al administrar mal la
anestesia, por descuido.
El delito de homicidio se considera culposos o intencional, cuando se priva de la vida a una persona, sin haber intención e incumpliendo un deber jurídico de cuidado que las circunstancias y condiciones personales le imponían al activo: incumplimiento que se da por irreflexión, imprevisión, impericia o falta de precaución. Así pues, para decir que el homicidio se comete con culpa o imprudencia, no debe de existir la intención de lesionar o de matar, si no que la muerte de una persona se debe de verificar como consecuencia de una conducta culposa o imprudencial.
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HOMICIDIOS CALIFICADOS
AGRAVADOS.
Homicidio con Premeditación:
La
razón de que el delito de Homicidio se agrave con esa calificativa, es
evidente, ya que el individuo que representa en su mente la privación de la
vida de otro, reflexiona tal hecho, considera y valora múltiples
circunstancias, elige momento y forma de ejecución; demuestra ser un individuo con
una profunda inclinación delictiva que lo impulsa a realizar este tipo de
conductas y obviamente es un sujeto extremadamente antisocial.
Homicidio con Ventaja:
La esencia de la ventaja consiste en una
situación de tal superioridad que el agresor no corra ningún riesgo al realizar
su conducta delictiva, de manera que la agresión implica casi necesariamente la
muerte del pasivo, sin riesgo alguno para el activo, lo cual justifica que esta
conducta en condiciones de un total y absoluto desequilibrio, se sanciona con
una pena mayor que el homicidio simple intencional.
Homicidio
con Alevosía:
La razón de esta agravante la encontramos en
lo súbito e inesperado de la agresión que deja al pasivo en un estado de
indefensión, en una situación en la cual por las características del ataque no
le permite de manera alguna rechazar o evitar este, o en su caso huir.
Homicidio con Traición:
El
sujeto pasivo también se encuentra en una situación de inferioridad con
respecto de activo, pues en razón de la confianza tacita o expresa que existe,
el pasivo no puede prever y en su caso evitar la agresión de quien
supuestamente debiese ser la persona de la que no era razonable esperar una
agresión; esta situación subjetiva y objetivamente considerada, justifica plenamente
que la conducta homicida con el elemento traición, se sancione con una mayor
penalidad que el homicidio simple intencional.
HOMICIDIO EN RELACIÓN DEL PARENTESCO O
RELACIÓN:
Parricidio:
Es
el homicidio del padre, de la madre, o de cualquier otro ascendiente
consanguíneo y en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo el
delincuente ese parentesco.
Filicidio:
Este
figura es una ampliación del Infanticidio, como lo dice Osorio y Nieto,
“Consideramos loable que se amplié la figura del infanticidio a la privación de
la vida de cualquier descendiente consanguíneo, en línea recta y que este
homicidio, en su caso pueda ser agravado, ya que así como la privación de la
vida del ascendiente se fractura de manera intensa e irreversible la institución
de la familia, igual acontece con la muerte de su descendiente por su
ascendiente.
Fratricidio:
Es
atentar contra la vida de un hermano.
Conyugicidio
y Uxoricidio:
Consiste
en la privación de la vida de un cónyuge por el otro, recibe el nombre de
conyugicidio. Cuando la mujer es la que priva de la vida al varón se le llama
conyugicidio propio.
Y
se llama uxoricidio cuando el varón es el que le quita la vida a la mujer.
BIBLIOGRAFIA
es.wikipedia.org/wiki
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